Desde la Mesa de la Ingeniería Valenciana iniciamos hoy una serie de spots con las indicaciones a seguir en las diferentes fases de la desescalada, de acuerdo con el Plan de Transición hacia la Nueva Normalidad provocada por el COVID-19, y en los diferentes ámbitos de actividad.
En esta primera píldora os mostramos las medidas a tomar en la FASE I en el ámbito del COMERCIO, tanto desde el punto de vista del empresario como del cliente.
En la Fase I pueden abrir pequeños comercios que ocupen una superficie menor a 400 metros cuadrados, como tiendas de ropa o librerías, siempre que cumplan las condiciones de aforo (limitado al 30%) y distanciamiento (2 metros entre clientes). Cuando esto no sea posible, se permitirá únicamente la permanencia de un cliente. Los comercios que ocupen una superficie mayor a esos 400 metros cuadrados podrán abrir siempre y cuando delimiten espacios para no exceder esa superficie.
Los comercios deben garantizar a sus clientes el máximo de protección individual. Estos locales tendrán que cumplir las condiciones establecidas: disponer de mostrador, mamparas de protección, etc. y deberán facilitar la disponibilidad y el acceso a soluciones hidroalcohólicas para practicar una higiene de manos frecuente.
Los establecimientos de atención al público deberán ser periódicamente desinfectados e higienizados, así como su equipamiento. La Orden de Sanidad publicada el 3 de mayo describe con detalle todas las medidas de higiene y seguridad que los comercios deben seguir, como por ejemplo:
– La higienización del local dos veces al día (una de ellas al final de la jornada).
– El lavado diario del uniforme.
– La imposibilidad de usar los aseos excepto necesidad.
– El uso de papeleras para que los residuos estén controlados.
– O la higienización de los probadores después de cada uso.
Los trabajadores no podrán tener síntomas de Covid-19, un diagnóstico positivo o encontrarse en cuarentena. También se establecerá la atención preferente a los mayores de 65 en las franjas horarias en las que pueden salir a pasear o hacer deporte.
Cuando así lo proponga el ayuntamiento correspondiente, también podrán reiniciar su actividad los mercados al aire libre/venta no sedentaria (mercadillos) en la vía pública, con condiciones de distanciamiento entre puestos, y delimitación del mercado ambulante para correcto control del aforo por las fuerzas de seguridad. Limitación inicial al 25% de los puestos habituales o aumento de superficie para asegurar el mantenimiento de distancia de seguridad entre los puestos y los viandantes.
Es absolutamente necesario, también, que la ciudadanía no pierda de vista la importancia de auto protegerse y actuar con responsabilidad.
El uso de las mascarillas fuera del hogar es conveniente y obligado cuando no pueda garantizarse el distanciamiento social.